Restricción temporal al ingreso de viajeros a España

17 agosto, 2021

A partir del 27 de julio quedan suspendidos temporalmente los viajes a España por motivo de turismo y estudios de corta duración.

España

Esta medida fue determinada en materia de orden público y salud pública, a consecuencia de la crisis sanitaria ocasionada por el Covid - 19.

Las siguientes son las únicas excepciones que podrán viajar a España:

Ciudadanos españoles, cónyuge extranjero de ciudadano español; pareja de hecho de ciudadano español; descendientes directos menores de 21 años del ciudadano español, de su cónyuge extranjero o su pareja de hecho debidamente registrada; titulares de un visado de larga duración; personal de transporte, marinos y el personal aeronáutico; personal diplomático y ciudadanos extranjeros residentes en España y demás países de la Unión Europea, así como Andorra, Islandia, Liechtenstein, Mónaco, Noruega, San Marino, Santa Sede y Suiza.

Los viajeros deberán presentar el certificado de vacunación completa con AstraZeneca (Vaxzevria), Janssen, Moderna o Pzifer- BioNTech, Serum Institute of India, Sinopharm o Sinovax al menos 14 días antes de la llegada; o una prueba PCR realizada con 72 horas previo a la llegada; o un certificado de recuperación de COVID -19 emitido al menos 11 días después del resultado positivo de la prueba COVID -19 NAAT; o una prueba rápida de antígeno COVID -19 negativa tomada como máximo 48 horas antes de la llegada previa.

Los viajeros dentro de estas excepciones procedentes de Colombia, deberán guardar cuarentena dentro de los 10 días siguientes a su llegada a España (este periodo podrá finaliza al séptimo día mediante prueba diagnóstica con resultado negativo).

Los pasajeros que entren o transiten por España deben completar un "Formulario de Control de Salud FCS" antes de la salida en: https://www.spth.gob.es/ o a través de la APP Spain Travel Health - SpTH. Esto generará un código QR que deberá presentarte a la llegada.


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