Nuevas restricciones de entrada a España para pasajeros desde Argentina, Colombia, Bolivia y Namibia

28 julio, 2021

A partir del martes 27 de julio ya no se puede volar a España por diferentes motivos que no sean los especificados más abajo y que no incluyen turismo.

Según Orden SND/791/2021, de 23 de julio, a partir de las 00:00 horas del 27 de julio 2021 y por 14 días (hasta el 9 de agosto), los pasajeros de vuelos procedentes de Argentina, Colombia, Bolivia y Namibia con destino a España, deberán guardar cuarentena durante los 10 días siguientes a su llegada, o durante toda su estancia en España si esta fuera inferior a ese plazo.  

Este período podrá finalizar con anterioridad, si al séptimo día a la persona se le realiza una prueba diagnóstica de infección activa con resultado negativo.

Mientras la orden SND/791/2021 esté en vigor (en principio hasta el 9 de agosto salvo prorroga), pasajeros provenientes de Argentina, Colombia, Bolivia y Namibia solo podrán entrar en España en los siguientes casos:

  • Personas residentes en España o en Andorra, o cónyuges de ciudadanos españoles o parejas con la que estos mantengan una unión análoga a la conyugal inscrita en un registro público, o aquellos ascendientes y descendientes que vivan a su cargo, siempre que viajen con o para reunirse con el ciudadano español.
  • Se permite el tránsito por España  de los residentes habituales en la Unión Europea, Estados asociados Schengen, Andorra, Mónaco, El Vaticano (Santa Sede) o San Marino, y de los titulares de un visado de larga duración expedido por un Estado miembro o Estado asociado Schengen, siempre que se dirijan a esos países.
  • Personal de transporte, marinos y el personal aeronáutico necesario para llevar a cabo las actividades de transporte aéreo.
  • Personal diplomático, consular, de organizaciones internacionales, militares, de protección civil y miembros de organizaciones humanitarias, en el ejercicio de sus funciones.
  • Personas que acrediten documentalmente motivos de fuerza mayor o situación de necesidad, o cuya entrada se permita por motivos humanitarios

Quedan fuera importantes categorías como estudiantes, trabajadores altamente cualificados y nacionales de terceros países no-schengen con certificado de vacunación. Por lo que nacionales Colombianos y Argentinos con certificado de vacunación viniendo de vuelos procedentes de Colombia/ Argentina ya NO podrán entrar en España por turismo a partir del 27 de julio y hasta el 9 de agosto prorrogable.


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