Europa extiende las restricciones de ingreso hasta el 30 de junio

31 mayo, 2021

El Consejo de la Unión Europea decidió extender las restricciones de ingreso hasta el 30 junio de 2021, para viajes no esenciales. Si cuentas con reservas para el mes de junio a Europa valida si cumples con las condiciones de ingreso.

Madrid

Condiciones de ingreso para Europa

  1. Ciudadanos españoles/europeos que viajen debidamente documentados, es decir con pasaporte en vigor o salvoconducto.  
  2. Cónyuge extranjero de ciudadano español/europeo, que le acompañe o se reúna con él, siempre que acredite dicha condición mediante el Libro de Familia, certificado de inscripción del matrimonio en el Registro Civil español, o acta de matrimonio colombiana apostillada.  
  3. Pareja de hecho de ciudadano español/europeo, que le acompañe o se reúna con él, siempre que acredite dicha condición mediante certificado de la inscripción de la relación de pareja de hecho en un registro público español o colombiano, en este último apostillado.
    Destino España: En caso de que no existiera una inscripción en los citados registros, pero existiera un vínculo de convivencia continuada durante, al menos, un año, o si tuvieran hijos en común, deberán contar con autorización emitida por el Consulado de España en Bogotá (Se debe tramitar mediante el correo cog.bogota.vis@maec.es)  
  4. Descendientes directos menores de 21 años del ciudadano español/europeo, de su cónyuge extranjero o de su pareja de hecho debidamente registrada, siempre que le acompañen o se reúnan con él, y acrediten la relación de parentesco mediante Libro de Familia, certificado de inscripción del nacimiento en el Registro Civil español, o acta de nacimiento colombiana apostillada.  
  5. Ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea, Andorra, Islandia, Liechtenstein, Mónaco, Noruega, San Marino, Santa Sede y Suiza, que deberán acreditarse con la documentación mencionada en dichos párrafos.  
  6. Ciudadanos extranjeros con permiso de residencia o visado de larga duración expedido por España o un Estado de los mencionados en el párrafo anterior.  
  7. Estudiantes que cursen estudios en cualquiera de los países arriba señalados, que dispongan de Tarjeta de Estudiante o visado tipo D, y seguro médico. En todo caso, la entrada de los estudiantes en España solo podrá realizarse durante el curso académico o, como máximo, los 15 días previos al inicio del mismo.  
  8. Ciudadanos de terceros países, es decir no españoles ni ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea, que viajen en tránsito a su destino final fuera del espacio Schengen, siempre que tengan billete de conexión confirmado, no permanezcan en el Aeropuerto de Barajas más de 24 horas y la escala no implique cambio de terminal que suponga entrada en territorio nacional. 

Te invitamos a consultar constantemente la web del Consulado de España en Bogotá y el link de Travel Safe España para actualizaciones.

Conoce qué vacunas admiten en Europa para su ingreso

Pfizer: Aprobada por la EMA y la OMS en diciembre de 2020. Dosis: 2.

Moderna: Aprobada por la EMA y la OMS en enero de 2021. Dosis: 2.

AstraZeneca: Aprobada por la EMA en enero 2021 y por la OMS en febrero de 2021. Dosis: 2.

Johnson & Johnson: Aprobada por la EMA y por la OMS en marzo de 2021. Dosis: 1.

Sinopharm: Aprobada por la OMS en mayo de 2021. No fue aprobada por la EMA. Dosis: 2.

Recuerda que aunque se extienden las restricciones de ingreso a Europa hasta el 30 de junio, puedes revisar en nuestra página web las salidas especiales a Europa para ir planeando tu viaje con antelación. Conoce aquí nuestra salida confirmada de septiembre.


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